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Ley Sin Sorpresas (No Surprises Act)

Ley Sin Sorpresas

Sus derechos y protecciones contra las facturas médicas sorpresa

Cuando recibe atención de emergencia o recibe tratamiento de un proveedor fuera de la red en un hospital o centro quirúrgico ambulatorio dentro de la red, usted está protegido de la facturación del saldo. En estos casos, no se le debe cobrar más que los copagos, coseguro y/o deducible de su plan. 

Nota: La Ley Sin Sorpresas no se aplica a personas con cobertura a través de programas como Medicare, Medicare Advantage, Medicaid, Medigap y el Programa de Seguro de Salud para Niños (Children's Health Insurance Program, CHIP), porque estos programas no permiten la facturación por sorpresa.

¿Qué es la “facturación de saldo” (a veces denominada “facturación por sorpresa”)?

Cuando usted o su hijo visitan a un médico u otro proveedor de atención médica, es posible que deba ciertos costos en efectivo, como un copago, coseguro y/o deducible. Puede tener otros costos o tener que pagar la factura completa si visita a un proveedor o un centro de atención médica que no está en la red de su plan de salud.

“Fuera de la red” significa proveedores e instalaciones que no han firmado un contrato con su plan de salud para proporcionar servicios. Es posible que los proveedores fuera de la red puedan facturarle la diferencia entre lo que su plan acordó pagar y el monto total cobrado por un servicio. Esto se denomina "facturación de saldo". Es probable que este monto sea superior a los costos dentro de la red para el mismo servicio y podría no contar para su límite anual de gastos en efectivo.

La “facturación sorpresa” es una factura de saldo inesperada. Es posible que se produzca cuando usted no puede elegir quién brindará atención médica para usted o su hijo; por ejemplo, si usted o su hijo tienen una emergencia o si programa una visita a un establecimiento de la red pero recibe tratamiento imprevisto por parte de un proveedor fuera de la red. Las facturas médicas de la compañía podrían costar miles de dólares dependiendo del procedimiento o servicio.

¿Por qué recibo este aviso?

Usted está recibiendo este aviso porque:

  • Usted o su hijo son una persona cubierta por un plan de salud grupal, o un plan de salud ofrecido por un emisor de seguros de salud, como el Programa Federal de Beneficios de Salud para Empleados; y
  • Su médico o este centro de atención médica pueden proporcionarle un tratamiento o servicio por el cual el proveedor o centro de atención médica le pedirá que pague un copago, coseguro o deducible, o que envíe una factura a su plan de salud.

¿Para qué tipos de servicios estoy protegido de la facturación del saldo?

Servicios de emergencia

Si usted o su hijo tienen una afección médica de emergencia y reciben servicios de emergencia de un proveedor o instalación fuera de la red, lo máximo que el proveedor o instalación puede facturarle es el monto de coparticipación en los costos dentro de la red de su plan (como copagos, coseguro y deducibles). No se le puede facturar el saldo por estos servicios de emergencia. Esto puede incluir los servicios que podría obtener después de que se encuentre en condiciones estables, a menos que dé su consentimiento por escrito y renuncie a sus protecciones para que no se le facture un saldo por estos servicios posteriores a la estabilización.

Ciertos servicios en un hospital o centro de cirugía ambulatoria dentro de la red

Cuando usted o su hijo reciben servicios de un hospital o centro de cirugía ambulatoria dentro de la red, ciertos proveedores de ese centro pueden estar fuera de la red. En estos casos, el monto máximo que esos proveedores pueden facturarle es el monto de coparticipación dentro de la red de su plan. Esto se aplica a la medicina de emergencia, anestesia, patología, radiología, laboratorio, neonatología, cirujano asistente, hospitalista o servicios intensivos. Estos proveedores no pueden facturarle el saldo y es posible que no le pidan que renuncie a sus protecciones para que no se le facture el saldo.

Nunca se le exige renunciar a sus protecciones de facturación de saldo. Tampoco es necesario que obtenga atención fuera de la red. Puede elegir un proveedor o instalación en la red de su plan.

Si usted o su hijo reciben otros servicios en estas instalaciones dentro de la red, los proveedores fuera de la red no pueden equilibrar su factura, a menos que usted dé su consentimiento por escrito y renuncie a sus protecciones.

Cuando no se permite la facturación del saldo, ¿qué otras protecciones tengo?

  • Usted solo es responsable de pagar su parte del costo (como copagos, coseguro y/o deducibles) que pagaría si el proveedor o la instalación estuviera dentro de la red.
  • Su plan de salud generalmente debe:
    • Cubra los servicios de emergencia sin requerir que obtenga la aprobación de los servicios con anticipación (autorización previa).
    • Cubra los servicios de emergencia de proveedores fuera de la red.
    • Base lo que adeuda al proveedor o a la instalación (coparticipación de costos) en lo que pagaría a un proveedor o instalación dentro de la red y muestre esa cantidad en su explicación de los beneficios.
    • Cuente cualquier monto que pague por servicios de emergencia o servicios fuera de la red para su deducible y límite de gastos a su cargo.

Si cree que se le ha facturado erróneamente, puede llamar a las agencias federales responsables de hacer cumplir la ley federal de protección de facturación de saldo al: (800) 985-3059 o visitar para obtener más información sobre sus derechos en virtud de la ley federal.

También puede presentar una queja ante la agencia estatal pertinente de la siguiente manera:

  • Delaware: Departamento de Seguros de Delaware al (800) 282-8611 o envíe un correo electrónico al Departamento de Seguros de Delaware al consumer@delaware.gov.
  • Nueva Jersey: Departamento de Banca y Seguros del Estado de Nueva Jersey; Centro de Consultas y Respuestas al Consumidor (Consumer Inquiry and Response Center, CIRC) al (609) 292-7272 o a la Línea Directa al Consumidor al (800) 446-7467 o visite .
  • Pensilvania: El Departamento de Seguros de Pensilvania al (877) 881-6388 o envíe un correo electrónico al Departamento de Seguros de Pensilvania al ra-in-consumer@pa.gov.
  • Florida: Oficina de Regulaciones de Seguros de Florida División de Servicios al Consumidor en (877) 693-5236 o por correo electrónico Consumer.Services@myfloridacfo.com.

Para obtener una copia descargable de este aviso, consulte el documento adjunto (PDF).
Solo Nueva Jersey: Para obtener una copia descargable que contenga información adicional sobre sus derechos en virtud de la ley de NJ, consulte el documento adjunto (PDF).

Estimación de buena fe

Tiene derecho a recibir una “Estimación de buena fe” que explique cuánto costará su atención médica.

En virtud de la ley, los proveedores de atención médica deben dar a los pacientes que no tienen seguro o que no utilizan el seguro una estimación de la factura por artículos y servicios médicos.

  • Usted tiene derecho a recibir una Estimación de Buena Fe por el costo total esperado de cualquier artículo o servicio que no sea de emergencia. Esto incluye los costos relacionados, como pruebas médicas, medicamentos recetados, equipos y honorarios hospitalarios.
  • Su proveedor le dará una estimación de buena fe por escrito antes de su servicio médico o artículo programado. También puede pedirle a su médico, y a cualquier otro proveedor que elija, una estimación de buena fe antes de programar un artículo o servicio.
  • Si recibe una factura que es al menos $400.00 más que su Estimación de Buena Fe, puede disputar la factura.
  • Asegúrese de guardar una copia o una imagen de su estimación de buena fe.

Obtener más información

Si tiene preguntas o desea obtener más información sobre su derecho a una estimación de buena fe, visite o llame al 800-MEDICARE (800) 633-4227).